lunes, 24 de julio de 2017

Violencia Organizacional



Acoso Laboral

Acto contrario a la dignidad de la persona, configurado por toda conducta que constituya agresión u hostigamiento reiterados, ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores, por cualquier medio, que tenga como resultado para el o los afectados, su menoscabo, maltrato o humillación, o bien que amenace o perjudique su situación laboral o sus oportunidades en el empleo”. Ley Nº 20.607


¿Qué puede hacer un trabajador cuando el empleador incurre en conductas de acoso laboral?

El acoso laboral, hostigamiento o persecución laboral ha sido regulado de manera expresa por el poder legislativo en Chile. En efecto, el inciso segundo del artículo 2º del Código del Trabajo, modificado por la ley Nº 20.607 (publicada en el Diario Oficial de fecha 08.08.2012).
Por su parte, la Dirección del Trabajo ha llegado a establecer mediante Ord. 3519/034 de 09.08.2012 que acoso laboral es "...todo acto que implique una agresión física por parte del empleador o de uno o más trabajadores, hacia otro u otros dependientes o que sea contraria al derecho que les asiste a estos últimos, así como las molestias o burlas insistentes en su contra, además de la incitación a hacer algo, siempre que todas dichas conductas se practiquen en forma reiterada, cualquiera sea el medio por el cual se someta a los afectados a tales agresiones u hostigamientos y siempre que de ello resulte mengua o descrédito en su honra o fama, o atenten contra su dignidad, ocasionen malos tratos de palabra u obra, o bien, se traduzcan en una amenaza o perjuicio de la situación laboral u oportunidades de empleo de dichos afectados".
Ahora bien, la persona víctima de acoso laboral debe hacer llegar su reclamo por escrito a la dirección de la empresa, establecimiento o servicio en que trabaja o a la respectiva Inspección del Trabajo.




Maltrato Laboral v/s Acoso Laboral





¿Alguna vez han sido víctimas de Acoso Laboral? Comentanos tu experiencia.

Autora: Patricia Estay Barrera

3 comentarios:

  1. Muchas gracias es un artículo muy importante. En estos tiempos la violencia laboral esta cada vez más a flor de piel.

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  2. Me parece genial que le hagan un espacio a esté tema, ya que a pesar de las leyes actuales que van en contra del acoso u hostigamiento laboral, igual es algo que sigue suceciendo día a día, ya sea de parte de colegas del mismo nivel como de superiores, lamentablemente los Protocolos a seguir no siempre son lo más rápidos y efectivos que uno quisiera, da para mucho más tema esto, pero aún así Felicito al equipo por haber puesto este tema en la palestra de su Blog.

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  3. Esas son las malas plásticas de las empresas cuando quieren despedir a un trabajar para no pagar años de servicios una es el hostigamiento labolar en los casos de las mujeres tiene que ser muy complicado.. Y sigan planteando estos temas en el blog

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